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03 mayo, 2009

Violencia de género

http://www.abc.es/blogs/edurne-uriarte/public/post/el-escandalo-lydia-bosch-abuso-policial-o-abuso-legal-991.asp

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/05/02/opinion/2638934.html

Presento estos 2 enlaces sobre la denuncia de Lydia Bosch contra su marido porque nos hablan de una realidad jurídica en nuestro país que debe ser repensada y reformulada. Las leyes para ser justas no pueden conceder ventaja a unas sobre otros porque sino son otra cosa y con esta ley se está viendo a las claras que hay quien juega con ventaja, y hay quien juega con la ventaja en su contra; hay quien puede denunciar y hay quien puede ser denunciado, en roles de género perfectamente definidos y marcados, las primeras serán unas y los segundos serán los otros. Si sale cara yo gano; si sale cruz pierdes tú.

Pero también por el silencio cómplice de cierta prensa que, aún cuando publicaron la denuncia, ahora que se conocen detalles de la misma, como que se formula cuando hay abierto un proceso de separación con unas abultadas peticiones por parte de la denunciante o que los abusos -de ser ciertos- se refieren a hechos de hace 5 años que en su momento no supusieron denuncia, parece que se han desentendido del caso y de la necesaria reflexión a que unos hechos como estos deben conducir.

25 mayo, 2008

360 denuncias al día

En El País semanal de 25/05/2008 aparece una carta firmada por Ramón Lamas. Salou (Tarragona) con el siguiente texto que me pareció de gran interés. La carta lleva por título: 360 denuncias al día, y dice:
En su artículo Terror machista, Montserrat Comas admite que “no hemos podido reducir las insoportables cifras mortales”, refiriéndose a los asesinatos de mujeres a manos de sus parejas masculinas. Y añade que ese hecho no puede atribuirse a una supuesta ineficiacia de la ley(Integral contra la Violencia de Género)
Comas no es exacta: las cifras de asesinatos de mujeres han aumentado. Y han aumentado, y mucho, las denuncias, nada menos que 360 diarias por presuntos delitos contra la integridad de la mujer. Las cárceles rebosan de condenados por esos delitos, y los juzgados no pueden materialmente hacerse cargo de tanto procedimiento.Es evidente que el número de asesinatos no se frena por más que se multiplique exponencialmente el número de denuncias: hay, a día de hoy en España, más procedimientos judiciales de esa naturaleza que lo que había en Alemania en tiempos de Hitler por cualquiera de los delitos que los nazis tenían por graves, excluyendo los que llevaron a los judíos al Holocausto: espero que no lleguemos a ese punto.
Cualquier observador honesto admitiría el rotundo fracaso de la ley y se replantearía su fundamento y sus procedimientos. Pero las feministas, Comas entre ellas, insisten en reforzar una y otros, en virtud de la persistencia de ese dichoso machismo que oculta todas y cada una de las circunstancias en que se desarrollan las tragedias que culminan en el asesinato de una mujer. Porque el propio CGPJ, del que Comas es vocal, ha hecho públicos los datos de muertes por violencia doméstica en el año 2007, que ascendieron a 118: puesto que se da por buena la cifra de 74 mujeres muertas a manos de sus compañeros a lo largo del mismo año, cabe deducir que 44 personas más murieron a manos de alguien que no fue marido, novio o acosador masculino.
¿Cómo se explica ese desajuste? Pues muy fácil, fueron asesinadas por mujeres: un ejemplo bien reciente, la abuela de 86 años acuchillada hasta la muerte por su nieta de 35 en Majadahonda. Hace mal Comas en ocultar la profundidad de la violencia de origen femenino: entre otras cosas, porque también en este casos son mayoría las mujeres víctimas: abuelas, hijas, madres, novias, ex novias, bebés.. y porque pro ese camino, en blanco y negro, ellas siempre víctimas, ellos siempre verdugos, no vamos a ninguna parte.

17 mayo, 2008

¿Brecha comunicativa?

A pesar de la gran reacción suscitada en los foros de la red por la sentencia del Tribunal Constitucional en relación con algunos artículos referidos al distinto trato penal a hombres y mujeres en la Ley contra la violencia de género, hace tan solo un par de días, el debate parece haberse apagado completamente y, hoy ya sólo me fue posible encontrar la siguiente opinión en la sección de cartas al director del diario El País

http://www.elpais.com/articulo/opinion/Constitucional/Ley/Violencia/Genero/elpepuopi/20080517elpepiopi_6/Tes

La verdad cuesta entender esta brecha entre, digamos, los de a pie que al parecer tenemos mucho interés en el tema y muchos otros, para quienes todo debe estar perfectamente claro o carecer del más mínimo interés. Sorprende incluso que por parte de todo el mundo parezca haberse renunciado a la pedagogía política de explicar algo que, a pesar de haber sido aprobado en las Cortes españolas por unanimidad, para un elevadísimo número de ciudadanos constituye una clara renuncia al principio de igualdad.

En cualquier caso es cierto que la sentencia aún no ha sido publicada y algunos esperarán a que esto suceda para hacer un pronunciamiento público o también puede suceder lo que en todos estos meses pasados desde la publicación de la Ley en los que más bien reinó el silencio y fuera de quienes tenían que aplicarla, únicamente se produjeron comentarios por parte de algunas feministas, que entendieron que no era esa la “igualdad” que habían buscado con su militancia de toda la vida.

En fin, quien sí no parece tener pelos en la lengua ni cortarse un ápice a la hora de pronunciarse sobre el tribunal, es el señor Roca, uno de los padres de la Constitución, quien ni corto ni perezoso soltó ayer lo siguiente:

http://www.lavanguardia.es/lv24h/20080516/53465170352.html

Bien es cierto que su preocupación nada tiene que ver con la citada Ley sino con el Estatut.

06 abril, 2008

La tortuga y la liebre

Mucho me temo que, en este caso, la tortuga y la liebre corren como se esperaría que lo hicieran y a nosotros nos está tocando jugar el papel de la tortuga. Me supongo que habréis leído la entrada en Malaprensa que habla de las mujeres suicidas y también lo mucho que tardó en reaccionar la Asociación de la prensa al contenido de la Ley de Igualdad. A mi modo de entender, estos dos hechos nos ofrecen una pista esclarecedora de cómo se mueve el feminismo institucional en una sociedad que, al menos a primera vista, parece haberse entregado no sólo a sus propuestas, sino a cualquiera de sus caprichos por ausentes de fundamento que puedan estar, habiendo decidido además financiárselos.

Pues, si los partidos políticos le han dado un cheque en blanco en leyes como la de violencia, la de divorcio o la de igualdad, ahora descubrimos que los periodistas tardan en reaccionar un año, antes de darse cuenta de que en la Ley de Igualdad se cuelan de matute demasiadas cosas inasumibles por la prensa de una sociedad libre y democrática. Es posible que en tiempos venideros hayamos de escuchar algún lamento más por parte de algún otro colectivo de profesionales sean éstos de la sociología, la estadística o de algún otros ámbito del pensamiento; pero, mientras tanto, este feminismo campa a sus anchas con muy poco respeto por la verdad y muy pocos deseos de igualdad.

Son ya demasiados los errores estadísticos y de todo tipo del feminismo institucional para que se pueda considerar casualidad uno más. Y no debiéramos olvidar que son justamente este tipo de informaciones y estadísticas chapuceras las que lo sostienen y las que justifican su existencia; pues de otro modo se vería obligado a irse a su casa y dejar de una vez de enturbiar y confundir a la opinión pública con el tema de la violencia doméstica.

Quizá convencidas de que la encuesta sobre violencia está suficientemente desprestigiada por su ausencia de fundamentación rigurosa, ahora el procedimiento parece consistir en un mecanismo enteramente en sus manos y consistente en que por un lado se dan cursillos para el personal sanitario en los cuales se deja claro que no sólo la violencia física o la presión psicológica constituyen violencia de género, también cualquier situación de pareja en la que el reparto de tareas domésticas no sea al 50%, el impago de la pensión y, estoy seguro que a estas alturas ya se habrán añadido algunos ítems más; para a continuación recoger como fruto maduro la conclusión de que 1/3 de las mujeres que asisten al médico sufren maltrato.

Sencillamente perverso. Algún día este feminismo deberá explicar por qué su leitmotiv es este de la violencia y por qué tanta chapuza y tanta mentira. Lo cierto es que a fuerza de repetir estadísticas trucadas sobre la violencia hacia las mujeres están consiguiendo que ya casi nadie se cuestione que pareciera que esta violencia sólo pueda ser ejercida por el hombre y no sólo sucediera que la mujer la desarrolla en menor proporción sino que por definición no pudiera desarrollarla con lo que, al menos ese objetivo, permanezca en pié aún después de que se haya demostrado la falacia de sus métodos.

Tengo la sensación que un momento como el presente en el que se produce un despiste tan generalizado por parte de tantos colectivos y un poder tan alto por parte de otro no es frecuente encontrarlo.

15 marzo, 2008

Merece la pena

Merece una lectura atenta y sin prejuicios el siguiente artículo de Xosé Luís Barreiro en La Voz de Galicia de hoy:
http://www.lavozdegalicia.es/opinion/2008/03/15/0003_6653531.htm

27 febrero, 2008

Demasiada violencia

No me gusta, ni la denominación, ni la parte del contenido de la Ley contra la violencia de género que hace distingo entre hombres y mujeres, al igual que a buena parte de quienes siguen esta bitácora, pero eso no merma un ápice el profundo rechazo que sentimos por tanta violencia, y en un momento como éste, en el que en un solo día han muerto 4 mujeres a manos de sus parejas o exparejas, no quiero dejar de expresar mi profundo rechazo por esos hechos y mi solidaridad con quienes más de cerca lo sufren, rechazo y solidaridad que seguro comparten quienes desde un lado y otro participamos en esta bitácora.

05 enero, 2008

Meicende y Coín

Hace unos días a punto estuve de escribir unas reflexiones en el sentido de que la ideología de género había pasado a constituirse en “pensamiento” del Estado. Finalmente no lo hice, pero a raíz de un correo de Athini sobre los casos de Coín y Meicende, creo que se hace necesario retomar el asunto.

Se aprueban leyes inspiradas en la perspectiva de género. Los tribunales imparten justicia ateniéndose a estos principios. En base a esta ideología se imparten cursos para el personal de los juzgados, la policía, para el personal sanitario y, como no, a los medios de comunicación y el resultado no puede ser otro: la prensa recoge como primera víctima de la violencia de género, incluso como me hace saber Athini, como violencia en el seno de la pareja, el caso de Coín, aún cuando, con antelación se había producido la muerte de Florentino Varela Liñares, presuntamente asesinado por su esposa en Meicende (A Coruña) y ésta haya quedado en libertad provisional con cargos.

Como también me comenta Athini, la presidenta del Observatorio para la Violencia Doméstica y de Género, ha emitido un comunicado lamentando la muerte de la mujer, no así la del hombre.

Como hombre, aunque creo que antes de eso como persona, me repugna un distingo de ese tipo. Creo que tan reprobable es un caso como el otro y si quizá este tipo de distingos en otras ocasiones puedan resultar inadmisibles, frente a dos casos como los mencionados la diferenciación, si se prefiere la desigualdad, me parece todavía más escandalosa. En fin, siendo esta la situación, sorprende que el pensamiento políticamente correcto y la intelectualidad oficial, sigan actuando como si las ideologías hubiesen muerto o se limitaran a las diferencias políticas entre PP y PSOE, y dado que, vivimos en el mejor de los mundos posibles, la única preocupación consistiese en discutir como “gestionar la complejidad de la sociedad moderna”.

Lamentablemente, ha pasado a convertirse en oficial una ideología que no sólo no ha sido, ni lo está siendo, suficientemente discutida sino que, cuantas veces se ha intentado hacerlo, por ejemplo, en el momento de la discusión sobre la Ley contra la violencia de género, el debate ha sido acallado y eso, a pesar de su profundo contenido en relación con lo que significa la justicia y la igualdad, a pesar del increíble abismo de separación que marca entre hombres y mujeres, y de la, a mi modo de ver, insostenibilidad de sus propuestas en el plano intelectual y moral, que casos como el que ahora comentamos, pero muchos otros, no hacen sino recordárnoslo.

01 diciembre, 2007

El género gramatical y el otro

Comparto la opinión que expresa Athini en su comentario a la entrada la Responsabilidad es de los padres, en relación con que el género gramatical es una convención. De hecho cuando yo me pregunto si lo correcto no sería decir machistos, sólo trato de evidenciar lo mismo que aquel autor que, en coherencia con lo que propugna el feminismo de género, convertía la amistad entre el perro y el hombre en: “el perro y la perra son el mejor amigo y amiga del hombre y la mujer”; pero, ojo, que también sea una cuestión gramatical no quiere decir que sea exclusivamente gramatical, o que se termine resolviendo según esa lógica.

Deberíamos recordar que en su momento se hizo una consulta a la Real Academia Española sobre la denominación Ley contra la violencia de género, y ésta emitió un informe contrario a la misma, pero eso no impidió que fuera aprobada por las Cortes con esa denominación, sin que al parecer nadie hiciera el menor caso al dictamen de la R.A.E. Por cierto una presión parecida sería la que obligaría a impedir el reconocimiento de la custodia compartida en la Ley de divorcio.

Hoy ya nadie habla de violencia doméstica, o de pareja o cualquiera de las denominaciones que antes se utilizaban sino que, para casi todo el mundo, la expresión es ya violencia de género, aún cuando no se sepa muy bien lo que quiere decir, pues en una cuestión le doy la razón a este feminismo, los términos casi nunca son neutros y el género (ahora ya no en sentido gramatical) es una de ellas, resume en sí mismo toda una manera de entender la relación entre el hombre y la mujer, el origen de la violencia, lo que deba entenderse por igualdad,… y tantas otras cosas de las que a menudo hablamos en este bitácora.

Creo que una cuestión algo diferente es que al abordar algunos temas, y a efectos de una más correcta visualización de a quien o quienes nos estamos refiriendo busquemos la manera de precisar lo más claramente posible el sexo; o que sencillamente protestemos porque se haga la diferenciación cuando se habla de algo en positivo, pero cuando toca hablar en negativo se utilice únicamente el masculino. Es el caso del genérico padres exclusivamente en los casos en los que se está exigiendo una responsabilidad o una obligación.

Otro tanto de lo mismo sucede con el hecho de que se nos debiera considerar anteponiendo la condición de personas al hecho de hombre o mujer; el título de mi bitácora lo pretende recordar. Desgraciadamente no parece que esa sea esa ni la intención del legislador, ni la del Gobierno, y, cada día que pasa, se nos imponga más una dialéctica sexista de hombres y mujeres que, no sólo va en dirección contraria a la igualdad, sino que se rompe por los mismos que nos la imponen en cuantas ocasiones tienen necesidad.

En fin, el tema creo que ha servido para destapar que cuestiones aparentemente técnicas o neutras, esconden aspectos de mucho mayor calado, que tienen que ver con la ideología, la política y el poder, y el feminismo de género ha demostrado en los últimos años que tiene la suficiente fuerza como para vencer la opinión de la Academia y los lingüistas en la cuestión del género gramatical, pero también los posicionamientos de la amplísima mayoría de penalistas y asociaciones, en relación con las penas diferenciadas para hombres y mujeres, o que es capaz de imponer que los medios de comunicación vayan haciendo desaparecer de sus páginas, de sus pantallas, o de las ondas expresiones como violencia doméstica, de pareja o tantas otras frecuentes no hace mucho tiempo, o de que se termine aceptando como natural que una buena parte de la Administración Pública esté pensada exclusivamente por y para las mujeres, de tal modo que sean ellas quienes decidan en qué se deba gastar o cómo hacerlo.

Las pruebas de que la política y la ideología, en todo lo que tiene que ver con la ideología de género, se antepone a cualquier convención, dictamen, pronunciamiento o posicionamiento de las más diversas instancias e instituciones están ahí para quien quiera verlas, como también las pruebas de que a este grupo de poder no lo está frenando ninguno de esos dictámenes ni ninguna de esas instituciones porque tiene decidido de antemano que las instituciones de la sociedad patriarcal están todas tan contaminadas que nada de lo que puedan hacer o decir las va a frenar en sus propósitos, por descabellados que estos sean.

30 abril, 2007

Perplejidades

Últimamente me ha tocado ser testigo de ciertas perplejidades en relación con los temas “de género”. Por una lado el profundo desconcierto que han producido las declaraciones de José Sanmartín, director del Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia, en el sentido de que España está a la cola de Europa en muerte de mujeres por violencia de género, siendo los países nórdicos allí donde más intensa es esta violencia. Yo no es que sea un especialista, pero el dato no me coge de sorpresa porque lo había leído más veces, incluso por comparación con otros países como EE.UU o Canadá donde también es más elevada que aquí.

Pero las perplejidades no vienen sólo por ahí. Incluso personas acostumbradas a trabajar con encuestas y números, se sorprenden al comprobar que estadísticas serias ponen en cuestión lo que creían verdades incontrovertibles como que las mujeres cobran menos por el mismo trabajo, o que trabajan más horas que los hombres debido a la doble (a veces se habla incluso de triple) jornada laboral. Mi percepción es que en general el nivel de desconocimiento sobre estos temas está bastante generalizado, dado que la labor pedagógica ha sido sustituida por la propaganda machacona de determinados tópicos y prejuicios. Cabría ver en todo esto sin embargo, un aspecto positivo, si sirviese para despertar el interés y la curiosidad por profundizar en su conocimiento, única forma, por otra parte, de ponerles arreglo.

¿Adiós al monopolio de la verdad?

Desde hace bien poco tiempo y gracias a Athini y Wonka todo el mundo tiene la ocasión de comprobar que lo que el feminismo institucional pretendía establecer como verdad incontestable, en relación con la violencia doméstica, el acoso laboral o la famosa doble jornada de la mujeres, se están demostrando datos interesados obtenidos gracias al casi exclusivo monopolio que sobre ese tipo de encuestas y estadísticas mantiene. Otras autoras y autores ya habían puesto en cuestión la honestidad intelectual con que tales estadísticas se estaban confeccionando, y habían puesto seriamente en cuestión los datos conocidos, pero hacía falta esta confirmación para que quedase claro que la crítica no se hacía por hacer, o porque el neomachismo galopase de nuevo.

Nos hemos enterado de que los hombres también sufren violencia doméstica, (www.wonkapistas.blogspot.com entradas de 6 y 8 de febrero de 2007), que las estadísticas europeas sobre acoso en el trabajo desdicen las de nuestro Gobierno, (misma bitácora, entrada del 23 de febrero); o que, ahora se demuestra con estadísticas de 25 países que, a pesar de la pregonada doble jornada de las mujeres, los hombres trabajamos el mismo tiempo que ellas, con la diferencia de que nosotros trabajamos más fuera de casa y, a la inversa, ellas lo hacen más en el cuidado de la familia y el hogar (ídem, entrada del 18 de abril de 2007).

Claro que si me preguntáis que incidencia va a tener esto en el cuerpo social tengo para mí que nula. Primero porque difícilmente estos resultados llegarán a una parte significativa a la población, pero segundo porque para combatir el prejuicio alimentado por el feminismo institucional en relación con estos temas me parece que van a hacer falta muchas encuestas de ese tipo, dado el complejo entramado de intereses ideológicos y políticos que hay en relación con estos temas. De hecho los 200 años de experiencia feminista a nivel mundial no han pasado en balde.

En relación con la violencia doméstica ya diversos autores y autoras habían clamado al cielo por el cuestionario, la metodología utilizada y el hecho incalificable de no incluir al hombre como posible sujeto pasivo de la misma (Elisabeth Badinter en “Por mal camino” o Marcela Iacub y Hervé le Bras en un artículo publicado en Les Temps Modernes nº 623 de abril del 2003, con el título de Homo mulieri lupus? Para el caso francés realizado con el mismo patrón que el que luego aplicaría el Instituto de la mujer en nuestro país.)

Lo mismo se puede decir del hecho de excluir al hombre de las encuestas de acoso sexual en el trabajo como hace el estudio recientemente llevado a cabo por el Instituto de la Mujer, (http://webs.uvigo.es/pmayobre/textos/varios/1informe_acoso_sexual.pdf)

y realizar campañas financiadas con fondos públicos en las que a pesar de que las denuncias por este hecho, no alcanzan el 1%, las portavoces del Instituto de la mujer hablan de un 15 % de mujeres acosadas y lamentan que no haya más denuncias.

Y aquí es necesario un inciso. En estas encuestas, por ejemplo la de acoso sexual, que se confeccionan con las declaraciones de mujeres y que por tanto recogen una apreciación subjetiva, y donde el acoso se define de forma tan laxa que una mirada lo es, (en la entrada de 5/5/2006 analizo esta cuestión con más detalle) cómo calificar que se promueva la denuncia, efecto: ¿sugestión?, ¿llamada?. Por cierto no he oído ningún comentario por parte de las autoras del estudio español al estudio de la U.E. Fourth European Working Conditions Survey, dónde no sólo se rebaja la cifra de acoso laboral sino que además se señala que los hombres lo padecen tanto como las mujeres.

En fin en menos de 2 meses una serie de estudios dejan bien a las claras que lo que muchos y muchas veníamos denunciando desde hace años ahora se ve corroborado por la estadística, pero mucho me temo que, al igual que antes, esto pueda significar cualquier cambio de rumbo en la ideología de género, tampoco en la acción del Gobierno en relación con estos temas.

Que no pretendan convencernos de que por ahí debe ir la historia. Es demasiada la chapuza, es demasiado evidente la falta de equidad y justicia de muchas de las propuestas, demasiados los principios modificados para ser sustituidos por no se sabe muy bien qué, demasiado evidente la influencia del lobby feminista (leed la entrada de Joaquín Leguina, http://www.joaquinleguina.es/de-la-igualdad-y-sus-complicaciones y demasiada mezcla de intereses como para pensar en un proceso ejemplar, en un proceso que sentará precedentes para la legislación de otros países.

28 abril, 2007

Un año de la ley contra la violencia de género

Una serie de organismos, como el Instituto de la Mujer, el Observatorio para la violencia de género, o la Comisión para la Investigación de los Malos Tratos a las Mujeres, son los encargados de “entender” en el asunto de la violencia doméstica. Según su terminología, doméstica y de género, para diferenciar la ejercida por el hombre sobre la mujer de las otras, ya que al parecer aquélla es la única merecedora de un tratamiento diferenciado.

Todos están compuestos por mujeres de probada militancia feminista y, que se mueven en el denominado por Elisabeth Badinter feminismo institucional, con ideas muy precisas sobre esta violencia, y cuya ideología de forma abreviada podríamos resumir diciendo que en la sociedad patriarcal en que vivimos el hombre ejerce violencia contra la mujer para mantener su dominio, la mujer cuando la ejerce contra el hombre es en legítima defensa. Esta violencia, la del hombre sobre la mujer, es de una naturaleza distinta a cualquier otra como pueda ser: la ejercida de madres a hijos, o en las parejas homosexuales, de las mujeres hacia los progenitores o personas a su cuidado, etc.

Estas instituciones de hecho son las encargadas de definir esta violencia, medirla estadísticamente, proponer la legislación a aplicar, vigilar su cumplimiento, transmitir la información a los medios y la forma en que deben hacerla llegar a los ciudadanos, e incluso formar en estas materias a policías, jueces, fiscales y otro personal relacionado con la aplicación de la ley, en un círculo que se cierra sobre sí mismo.

Como fruto de su trabajo tenemos las encuestas de violencia doméstica -de las que el hombre ha sido excluido como sujeto pasivo de la misma-, que nos hablan de que en nuestro país existen 2.000.000 de maltratadores, también las propuestas sobre el contenido de la Ley contra la violencia de género (que en el momento de su discusión en las Cámaras levantó un gran número de pronunciamientos en contra; de la RAE por la denominación; del Consejo de Estado; de los penalistas y de buena parte de la carrera judicial y otras personas, pero eso no impidió su aprobación en los términos definidos por la ideología citada más arriba, es decir, con la denominación por ellas querida, con diferenciación del trato penal a hombres y mujeres, con la creación de tribunales especiales, y diferenciando la de género, en el sentido definido más arriba, del resto.

Si la Administración y la Justicia en un Estado de Derecho han de ser imparciales y se debe evitar cualquier tipo de contaminación con los asuntos tratados, qué es lo que hace que esta materia nada suceda de ese modo. Cómo es posible que un Estado democrático y de derecho haga suyos los planteamientos de un grupo ideológico, y traslade no sólo a la legislación sino a todas las fases de un asunto como este de la violencia doméstica sus postulados. En cualquier caso es lo que está sucediendo en nuestro país. En El País de 26.4.2007 se recogía el primer año de vigencia de esta Ley de la siguiente forma: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/minutos/detiene/hombre/violencia/genero/elpepusoc/20070426elpepisoc_2/Tes y quiero entresacar de todo ello los datos:

“Este año ha habido 21 muertas por violencia de género y 68 el año pasado. En España se detuvo en 2006 a 45.296 hombres por violencia de género. En el mismo año se celebraron 37.521 juicios que derivaron en 26.313 condenas. Del total de los procedimientos judiciales cerrados en 2006, el 43%, casi la mitad, fue archivado”

Y en esta relación falta el número de las denuncias que se elevó a 146.780

Sobre lo anterior la señora Sanahuja dice:

"Antes, a las mujeres que denunciaban malos tratos se las mandaba a casa sin muchos miramientos, ahora, por fortuna, ya no es así, pero detenemos en un porcentaje excesivo, la policía, los jueces y los fiscales estamos actuando con miedo. ¿Qué pasa si no detenemos y luego ocurre algo?, me dicen en las escuelas de policía que he visitado. Esto no puede ser", añade.

Pero Sanahuja insiste: "El miedo está llevando a un número excesivo de detenciones sin indagaciones previas mínimas. Y en los juzgados de guardia se ve de todo, desde personas con enfermedades mentales que denuncian a quienes les cuidan en momentos de crisis, hasta los tentados de utilizar esta vía penal para favorecer el proceso civil de un divorcio, por ejemplo".

Como colofón a todo lo anterior merece la pena destacar que los datos anteriores fueron presentados a la prensa por la presidenta del Observatorio para la violencia doméstica y de género, Montserrat Comas, de la siguiente forma: “ Siete de cada diez maltratadores han sido condenados”. Es decir, a lo señalado más arriba habría que añadir que aún cuando uno haya sido absuelto, sigue siendo tratado por esta señora como maltratador. Más escarnio imposible. Aunque también cabe recordar que con los datos en la mano la información se habría podido presentar como: 6 denuncias por cada condenado y preguntarse a continuación qué tipo de sociedad y justicia estamos creando que tan fácil resulta denunciar a alguien de un delito tan ignominioso.

No debemos olvidar por ejemplo el caso del padre de Alba, aquel hombre que cuando se encontraba en el calabozo como consecuencia de una denuncia falsa de su ex - mujer, se enteró de que su hija estaba al borde de la muerte por una paliza de la que resultaron acusados su madre y su compañero sentimental. Extremar la vigilancia para que las mujeres no sufran violencia no puede conducir a situaciones de ese tipo.

Para combatir los problemas sociales los atajos siempre terminan siendo más una trampa o un espejismo que una solución. Si a nadie se le ocurre poner la política antiterrorista en manos de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, o meter en la cárcel a todos los empresarios a los que les muere un trabajador en accidente laboral, no entiendo por que en los asuntos de violencia doméstica se actúa como se está actuando. La violencia doméstica es una lacra que entre todos tenemos que eliminar, pero desde luego no se gana en confianza en los procesos emprendidos cuando concurren todas las circunstancias señaladas más arriba.

20 marzo, 2007

Al pan, pan...

Afortunadamente las mujeres pueden llamarle pan al pan

Athini me manda este artículo: Nosotras, de Rosa Montero publicado en El País de hoy y que os ruego encarecidamente que leáis. La madre a la que le quitaron la custodia citada en el artículo, es la misma a la que yo me refiero en la entrada, Diferencias de género en TV
http://www.elpais.com/articulo/ultima/elpepuopi/20070320elpepiult_2/Tes

12 marzo, 2007

Más sobre la ley contra la violencia

Leo en El País de hoy, 11 de marzo de 2007, que están planteados 113 recursos que cuestionan la constitucionalidad de la Ley contra la violencia de género. Hacia el final de la página se recogen un posicionamiento en contra y otro a favor de la Ley.

El posicionamiento en contra corresponde a José Luís Díez Ripollés catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Málaga y miembro del Grupo de Estudios de Política Criminal , quien sostiene que se está utilizando el Derecho Penal para modificar conductas y entiende que al diferenciar el trato a hombres y mujeres, el Código Penal equipara a la mujer a una “persona especialmente vulnerable” y se pregunta si las feministas son conscientes de ello, a lo que el mismo responde “aunque quizás se estén sirviendo del derecho penal para otros fines más ideológicos, como reparar la indudable injusticia histórica ejercida sobre el género femenino. Pero tampoco está para eso el Código Penal”

El posicionamiento a favor corre por cuenta de Montserrat Comas, presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género para quien “El trato desigual parte de la desigualdad de géneros”.

Es decir el fundamento último de una ley como la citada por la que se han denunciado desde su entrada en vigor a 150.000 hombres, consiste para la señora Comas en la “desigualdad de géneros”, y yo me pregunto, ¿Puede una ley basarse en algo de tan difícil concreción? ¿Puede una ley estar tan fuertemente contaminada por una ideología como la que representa “la perspectiva de género”, que ni tan siquiera es compartida por el conjunto de las feministas, cuanto más el conjunto de la sociedad, para poner un marcha una ley y un procedimiento judicial, puesto en cuestión por buena parte de la carrera judicial, y que tantos estragos está causando no sólo en la imagen de la justicia, sino en la vida de cientos y miles de hombres?

Porque desigualdad de género era la que ponía de manifiesto la encuesta realizada el año pasado por el Instituto de la mujer sobre el acoso en el mundo laboral y ahora una encuesta similar realizada a nivel europeo la desmiente completamente. Desigualdad de género era la recogida en el trabajo que bajo la rúbrica de Charo Nogueira publicaba El País en vísperas de la aprobación por el Consejo de Ministros de la recientemente aprobada Ley de Igualdad, y en el que se decía que las mujeres en nuestro país ganaban un 40 % menos que los hombres, y luego se demostró que las cifras estaban completamente tergiversadas y el propio ministro Caldera ante el revuelo ocasionado por la misma tuvo que salir a desmentir la mayor, que por el mismo trabajo mujeres y hombres cobrasen diferente. Y podríamos seguir hablando de muchas otras desigualdades de género que, cada vez más, se muestran como falacias, incluso algún día realizar un monográfico sobre la honestidad intelectual del feminismo institucional.

A veces, me pregunto cómo es posible que habiendo como hay tanta gente que tiene claras estas cosas, no estemos siendo capaces de revertir tanto desatino, al tiempo que pienso lo difícil que es entender cómo fue posible, que la voracidad de los políticos por hacerse con la mayor tajada del voto femenino, haya conducido a que las Cortes aprobaran por unanimidad, -en un país donde tan difícil es cualquier consenso-, una ley que buena parte de la carrera judicial vió y sigue viendo con claros indicios de inconstitucionalidad.

05 marzo, 2007

Sobre la ley contra la violencia

Athini me pasa esta dirección donde encontrareis un artículo muy interesante sobre la ley contra la violencia de género
http://www.lapaginadefinitiva.com/aboix/?p=27

08 febrero, 2007

Fraude con la ley de violencia

El País de hoy publica la siguiente noticia, tan interesante por lo pionero de la sentencia, pero tan reveladora de la discriminación hacia los hombres a que nos somete la actual legislación. Mejor será que la leáis y saquéis vuestras propias conclusiones.

Un tribunal reprende a una mujer por cometer 'fraude' con la ley de violencia

PERE RÍOS - Barcelona - 08/02/2007

Un tribunal de Barcelona ha dictado una sentencia en la que reprende a una mujer por denunciar a su ex marido para obtener ventajas en el proceso de separación. Los jueces recuerdan que la simple denuncia comportó una orden de alejamiento contra el hombre, al que se le impidió ver a su hija de tres años durante más de cuatro meses, hasta que finalmente fue absuelto.

La sentencia la ha dictado la Sección Duodécima de la Audiencia de Barcelona y rebaja de 600 a 450 euros la pensión de alimentos que ha de abonar. Ése es un trámite ordinario que ocurre en ocasiones, del mismo modo que se puede incrementar la pensión. Lo inusual es que el tribunal analice el origen de las desavenencias maritales y reprenda, en este caso a la mujer, porque "ha quedado acreditado una conducta impropia de la madre, que no ha facilitado la comunicación pacífica de la menor con el padre".

El ponente de la sentencia es el magistrado José Pascual Ortuño, quien la semana pasada fue nombrado director general de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat. La resolución añade que la madre "utilizó impropiamente la legislación represora de la violencia de género" con la finalidad de apartar a la niña del padre, y que de esta manera "obtuvo fraudulentamente una orden de alejamiento". La medida se aplicó de mayo a septiembre de 2006, cuando fue absuelto Philippe C. La ex esposa, Mercedes J., no acudió al juicio por la denuncia que presentó por malos tratos.

"Secuestro psicológico"

Los jueces explican que el alejamiento de la niña del padre "puede derivar en una verdadera y real enfermedad mental, el síndrome de alienación parental (SAP)", un trastorno que niegan algunos abogados de familia y que el tribunal define como un "secuestro psicológico" del niño.

"Estoy muy contento de que la justicia me haya dado la razón, pero el tiempo que he estado sin ver a mi hija y el daño que se le ha hecho no me lo quita nadie", declaró ayer el padre.

También ayer trascendió un caso de los que han motivado la presentación de numerosas cuestiones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en aplicación del artículo 153 del Código Penal, que castiga como delitos de violencia doméstica hechos que antes eran falta. Ocurrió el pasado 17 de abril durante una discusión de pareja, originada porque ella le cerró el agua caliente a él cuando se duchaba.

En la discusión, la mujer se soltó de un extremo de la toalla, del que estiraba -al otro lado estaba el hombre- y sufrió contusiones. El marido fue condenado a nueve meses de cárcel por un delito de maltrato y le impuso una orden de alejamiento durante 21 meses. Ahora, la Audiencia de Barcelona entiende que es un "hecho puntual", lo considera una simple falta y le condena a una multa de 150 euros

28 enero, 2007

Texto de Manuela Carmena

Cuelgo de nuevo un texto con parte de una intervención de Manuela Carmena, que me ha enviado Athini y reproduzco un pequeño párrafo del comentario que lo acompañaba por lo que tiene de ilustrativo.
El párrafo es " El artículo debería estar alojado en la página electrónica de la fundación "Pensamiento Crítico" (cuya afinidad con el PSOE creo que no hace falta resaltar), pero hace mucho tiempo que, por alguna razón técnica, no es posible acceder a él en dicha página."

Y ahora el texto:


Lo que nos queda por hacer


Parte final de la intervención de la magistrada Manuela Carmena en las V Jornadas de Pensamiento Crítico (el texto completo estuvo originalmente alojado en la página electrónica www.pensamientocritico.org)

Manuela Carmena

Desde que la violencia contra las mujeres se empezó a perfilar como un problema social (gracias sobre todo a las organizaciones feministas), se ha responsabilizado de este fenómeno a la tolerancia e ineficacia de los órganos judiciales. Esto tampoco es un fenómeno aislado.
No hay más que seguir, desde cualquier hemeroteca, un poco nuestra historia contemporánea para constatar cómo se identifica la falta de dureza de los tribunales con el aumento de los delitos. No hay más que ver cómo precisamente ahora, y ante el debate surgido desde la oposición política sobre el incremento de la delincuencia, se ha generado una situación de opinión pública de tal carácter que ha llevado a reformar el Código Penal, para imponer penas más duras.

Todavía no se ha demostrado desde una perspectiva de investigación penelológica que sea cierto que las penas más duras eviten la comisión de los delitos. El criminólogo japonés Ko Akalsuka, en una interesante ponencia que presentó en el Congreso Internacional de Medidas Alternativas a la Prisión, en Ontario (Canadá), en 1998, afirmaba que no existe ninguna relación entre índices de encarcelamiento y disminución de actividad delictiva, sino más bien al contrario. Es decir, que índices bajos de encarcelamiento suelen ir acompañados de actividad delictiva baja.

En el año 1994, en Estados Unidos había 500 presos por cada 100.000 habitantes. En este momento, la población penitenciaria se ha duplicado: ya hay 1.000 personas presas por cada 100.000 habitantes, y casi más de 2 millones de personas presas.

Sin embargo, en Japón solamente hay 37 personas presas por cada 100.000 habitantes. La política de restricción de la utilización de la prisión en Japón es muy elevada, pues solamente el 7% de las personas condenadas ingresan en prisión. El 93% restante se somete a formas alternativas a la prisión para corregir sus conductas delictivas.

La problemática de la violencia contra las mujeres no se ha escapado de la aceptación de estos tópicos. Como ya decía más arriba, el propio desarrollo de los planes contra la violencia de las mujeres está desnivelado en el sentido de dedicar la mayor parte de recursos a la promulgación (otra vez) de distintas y nuevas leyes, tanto materiales como procesales, encaminadas fundamentalmente a conseguir sobre todo el incremento de los castigos de los agresores, y sin establecer si este incremento protege o vulnera a sus víctimas.

Durante el año 2001, el Consejo General del Poder Judicial realizó un estudio, en colaboración con la cátedra de Filosofía del Derecho de la Universidad de Zaragoza, sobre sentencias dictadas en todo el Estado español en materia de violencia doméstica. El resultado de este estudio era indicativo de que, sobre todo en materia de denuncias por maltrato doméstico con la consideración de faltas, la mayor parte de las sentencias estudiadas habían sido absolutorias.

Aunque no tengo ahora datos concretos sobre cómo ha evolucionado la respuesta judicial, por mi propia experiencia, como magistrada de la Audiencia Provincial de Madrid, lo que me permite analizar bastante sentencias de los juzgados de lo penal y de Instrucción, creo que puedo afirmar que las sentencias condenatorias, sobre todo en juicios de faltas, han aumentado de una manera espectacular. ¿Por qué ha sido esto? En mi opinión, se debe fundamentalmente a la fortísima sensibilización que los colectivos de mujeres han conseguido poner en marcha.

Esta sensibilización tiene sus particularidades. Pienso que la mayor parte de jueces y magistrados están –estamos– dispuestos a hacer todo lo que esté en nuestra mano para evitar el incremento de la violencia doméstica, y de ahí que en muchas ocasiones se acceda a lo que piden mujeres y colectivos de mujeres, sin que, sin embargo, estemos convencidos de que lo que estamos haciendo sea realmente útil para disminuir el problema de la violencia doméstica. Hacemos –o creemos hacer– lo que se espera de nosotros, para no tener ningún tipo de reproches, ni de nuestros propios órganos de inspección, ni de los medios de comunicación, ni de los colectivos feministas, sin realmente plantearnos si con nuestras actitudes estamos ayudando a resolver el problema.

MÁS SENTENCIAS CONDENATORIAS Y MÁS AGRESIONES. Por supuesto que no puedo asegurar que esto sea una tendencia constante e imparable, pero sí es posible asegurar que, haciendo algunas otras cosas que todavía no hemos intentado, pudiera cambiarse la orientación de la tendencia. Por ahora lo que me parece incuestionable es que las medidas que se han acordado no estén produciendo un descenso de la violencia.
He dicho ya más arriba que en otros aspectos de la criminalidad está demostrado que el incremento de la severidad de las penas no disminuye en absoluto la actividad delictiva. Si en otros aspectos de la criminalidad es trascendental buscar el castigo acertado en su extensión y en sus características, creo que, evidentemente, en materia de violencia doméstica es más importante que en otros aspectos de la política criminal, si cabe, buscar especialmente castigos eficaces y acertados.

En materia de violencia doméstica la política criminal encuentra una realidad peculiar, diferente a la que aparece en otro tipo de delitos, como los delitos contra la propiedad, de tráfico de drogas, o de terrorismo. Cualquier política criminal pretende, lógicamente, conseguir la modificación de las conductas del delincuente. En este caso concreto, la actitud del delincuente está inmersa en la vida privada y enlazada con el comportamiento de su pareja y los suyos. El objetivo último, por tanto, de cualquier política criminal es modificar la conducta del delincuente, e implica, en este caso, una intervención absolutamente necesaria en la vida privada de los agresores.

En mi opinión, es éste uno de los aspectos en que los que se evidencia cada vez más la torpeza objetiva de los órganos judiciales para abordar de una manera eficaz la modificación de conductas íntimas y privadas del individuo.
Un magistrado amigo mío dice que lo mismo que la medida verdaderamente eficaz para sofocar un incendio es apagar el fuego, la verdadera seguridad para la mujer maltratada es que nunca más vuelva a ser objeto de la violencia criminal de su pareja. Para eso es necesario apagar el fuego de esa violencia, es decir, modificar la conducta del agresor.

El Derecho penal moderno es un derecho garantista, y el objetivo que pretende, fundamentalmente, es analizar el hecho delictivo en sí mismo, descontextualizado de la persona, del agresor. Se ha discutido en muchas ocasiones, y se ha rechazado, la opinión de quienes nos inclinamos más por considerar que se debe juzgar no sólo la acción, sino también el contexto; que esto podría ser un derecho penal de autor contrario a la concepción garantista del Derecho penal. Sostienen quienes defienden esta postura que debería distinguirse en los procesos penales lo relativo al análisis del hecho cometido, del proceso de determinación de la pena, y que debiera ser en esta segunda fase, en la determinación de la pena, donde se establecieran todos los elementos objetivos necesarios para adecuar, a la vista de las características personales del sujeto, el castigo conveniente.

No se trata tanto de entrar, ahora, en este debate sobre cuál es el papel de Derecho penal, y la eficacia que se consigue con éste para reprimir conductas criminales, sino en llamar la atención de que precisamente en materia de violencia doméstica no somos eficaces, no protegemos bien a las mujeres si cuando analizamos la conducta de los agresores separamos el hecho del contexto.


LA EFICACIA DE LOS JUICIOS PENALES. Hace unos días, tenía un proceso de apelación de un juicio de faltas en el que se había condenado al marido por un maltrato de palabra a su esposa. Afortunadamente, en aquel caso, el Juzgado de Instrucción había tenido el acierto de grabar en vídeo el acto del juicio de faltas. Pues bien, en este juicio de faltas se veía cómo el marido denunciado pretendía explicar al juez que su esposa también le había insultado. El magistrado insistía en que aquel juicio no era para resolver las denuncias del marido contra su mujer, sino, especialmente, para analizar la denuncia que había hecho con anterioridad la mujer al marido. El juez, efectivamente, acabó con la condena del marido, y yo me preguntaba –y me pregunto ahora– si el no haber permitido escuchar todo lo que pasó no es una forma de amputar el contexto y de impedir conocer lo que realmente ha sucedido.
Me pregunto yo también ahora si el condenar desde un objetivo parcializado no provoca una reacción de injusticia en el condenado, y si esa sensación del condenado de ser tratado injustamente por el juez no significa un incremento mayor en la violencia y, por tanto, un riesgo más para la denunciante.
En un encuentro sobre el acceso de los ciudadanos a la justicia en octubre del pasado año, se discutió sobre si las condiciones actuales físicas de los juzgados, sala de juicios, estrados, banquillo de acusados, etc., eran elementos disuasorios para el análisis de los sucesos que juzgamos, y se vio la conveniencia, sobre todo en determinadas jurisdicciones, como las relativas a la familia, de diseñar juzgados con otra estructura física, espacios reducidos, mesas redondas y todo aquel que facilite el entendimiento y el esclarecimiento, y también, por supuesto, el castigo útil y la protección eficaz.

Sólo cuando se conoce bien el suceso, sólo cuando se han comprendido bien las actitudes de unos y otros, se puede castigar y proteger con eficacia. Y para eso es necesario una humanización de la justicia.
Soy partidaria, y siempre lo he sido, de que se especialicen determinados juzgados en violencia doméstica. Es más, diría que soy partidaria de que fueran los juzgados de familia los que llevaran también los aspectos penales de la violencia doméstica.

Las características de la justicia española, y probablemente las de otros países con sistemas judiciales similares (los que partieron de lo que se llama el tronco napoleónico de la justicia), evidencian una justicia de carrera funcionarial, alejada de la problemática social y muy basada en la utilización técnica de la norma jurídica burocratizada. Los jueces y magistrados que la componemos somos el producto del diseño de nuestro ordenamiento. Sostengo que cualquier ordenamiento jurídico que pretendiera un juez humanista, implicado en la resolución de los problemas, accesible a los ciudadanos, etc., lo tendría. Los diseños institucionales son los que configuran los perfiles humanos que los constituyen, y así, por tanto, creo que no se trata de culpabilizar a la judicatura española como tal, sino simplemente decir que se ha optado por un tipo de ordenamiento jurídico que produce jueces con tendencia a la burocratización técnica, aislados de los problemas sociales.

Por eso, creo que sería razonable cuestionar ahora este tipo de modelo judicial y empezar a ensayar en los aspectos relacionados con la vida privada de las personas que tienen tanta trascendencia, como es este de la violencia doméstica. Una especialización con profesionales que no procedieran del mundo del Derecho (aunque, naturalmente, los juzgados tuvieran también expertos en Derecho), con importantes conocimientos de comunicación, psicología, pedagogía, etc. .

No quiero que esto se entienda como si el optar por otra forma diferente de esclarecer los hechos delictivos ocurridos fuera una tolerancia o disculpa para las actitudes de los agresores. Todo lo contrario. Lo que quiero decir es que si en todos los casos es fundamental que el castigo sea acertado, en este concreto no solamente es fundamental para el agresor, sino que además es esencial también –y seguramente decisivo– para proteger la vida de la agredida; que el castigo que merece el agresor sea el más conveniente para hacerle cambiar su conducta.

LOS CASTIGOS ÚTILES, LOS TRATAMIENTOS PARA LOS AGRESORES. Sin saber muy bien por qué, siempre que he defendido la necesidad del castigo útil me he encontrado con respuestas airadas de colectivos de mujeres que han insistido en que todo tipo de tratamiento para los hombres agresores no era nada más que tirar el dinero, y que han hecho todo lo que estaba en su mano (naturalmente, con el loable propósito de proteger a las mujeres) para que no hubiese dinero público destinado al tratamiento para modificar las conductas de los agresores. En determinados debates, siempre he oído alegar a quienes han defendido estas posturas que, en el mundo en general, se había demostrado un extraordinario fracaso en este tipo de tratamientos.

Sería conveniente, por supuesto, y antes de hacer afirmaciones de esas características, el poder ofrecer algún estudio objetivo sobre los resultados de los tratamientos. Estoy convencida de que si se hiciera así, podríamos comprobar, en primer lugar, que el ser humano, por definición, tiene siempre capacidad de evolución y cambio, siempre que se le apliquen pautas adecuadas. En este aspecto, como en otros de la vida personal y social, cambia y evoluciona. Es decir, asegurar que no dan resultados los tratamientos para los agresores, es como afirmar que los tratamientos de conducta de cualquier tipo son inútiles, cuando sabemos, sin embargo, que están las clínicas llenas.

Quienes hemos conocido de cerca todo lo relativo al tratamiento de las dependencias, sabemos que los procesos de modificación de la conducta son complicados, y con evolución desigual, con avances, con retrocesos; pero es que, por definición, los procesos de aprendizaje de la conducta humana son así. Al fin y al cabo, no debemos olvidar que precisamente la ley no es otra cosa más que un intento de organizar las conductas de los ciudadanos, y por eso, cuando las leyes no se cumplen en la medida deseada, no podemos dejar de seguir haciendo esfuerzos para mejorar los necesarios cambios de la conducta de los agresores.
Entre los textos que he podido contrastar, me parecieron muy interesantes algunos de los tratamientos que se llevan a cabo en países nórdicos como Noruega y Finlandia. En concreto, el que se desarrolla en Noruega, el proyecto Alternativ Til Vold, ha alcanzado una evaluación del siguiente tenor: del 50% al 60% completan el tratamiento. De ellos, entre el 80% y el 90% han abandonado el uso de la violencia física. De los 2.000 hombres que fueron contactados por los evaluadores, entre el 25% y el 30% no se presentaron a la primera sesión. Muy al principio de la terapia lo dejaron entre un 5% y un 10%, y entre un 60% y un 65% lo continuaron hasta el final.


NOTA.
Manuela Carmena es magistrada de la Audiencia Provincial de Madrid.

16 diciembre, 2006

Contra la violencia de género

Como sigo con muy poco tiempo, traigo al blog un nuevo artículo de Xosé Luis Barreiro Rivas publicado en La Voz de Galicia el 25/11/2006 donde con su particular lucidez vuelve a poner el dedo en la llaga en relación con violencia de género.

Contra la violencia de género

LA LEY contra la violencia de género, aprobada por unanimidad, y en respuesta a una demanda social tan dramática como evidente, se está mostrando como un rotundo fracaso. Y sólo la necesidad de «mantenella y no enmendalla», que va implícita en todas las formas de pensamiento único, está permitiendo que el sempiterno discurso sobre la falta de medios y la escasa implicación de los jueces sustituya a la necesaria evaluación de una política que no sólo no ofrece soluciones claras, sino que empieza a dar muestras de constituir -¡seamos valientes!- una parte del problema.
En esta ley, idolatrada por el pensamiento correcto, admirada por propios y extraños, y puesta de ejemplo por conferenciantes pagados que nadan a favor de la corriente, se dejan ver todos los vicios que van anexos a la diarrea legislativa que padecemos, cuyo verdadero objetivo consiste en dar la sensación de que hemos hecho los deberes y solucionado un problema, cuando lo único que hemos logrado es pasarnos las responsabilidades de unos a otros como pasan sus cartas los trileros: del ejecutivo a los jueces, de los jueces a la policía, de la policía a la sociedad y de la sociedad a los políticos.
El primer error de esta ley proviene de hacer un diagnóstico muy simple de un problema complejo, que impide analizar las causas y los ambientes en los que se genera y activa la violencia de género, para centrarse sólo en el momento final del proceso. El segundo error viene de asumir un análisis maniqueo de la pareja, que, si bien permite sacar rápidas consecuencias, puede desfigurar los hechos. El tercer error, muy grave y generalizado, consiste en haber maleado las técnicas procesales para llegar al problema por atajos varios, sin advertir que la propia ley iba a crear un amplio campo de injusticias, abusos y errores procesales. La quinta equivocación consiste en positivar situaciones negativas, como si el hecho de romper parejas y extender sospechas generalizadas sobre conductas masculinas fuese algo equivalente a la felicidad y el progreso. Y el sexto error, y por ahora último, consiste en fiar la corrección de las conductas criminales al agravamiento de las penas, sin darse cuenta de que el que ejerce la violencia de género ya da por descontado un castigo que entiende y acepta como un colofón de su crimen.
A favor de la ley se invoca su capacidad de concienciación y la extensión de la protección social y policial a las mujeres agredidas. Pero ésta es una línea judicial y policial insostenible e ineficaz. Y por eso sería bueno que empezásemos a reflexionar sobre si la felicidad está en los juzgados y al margen de los valores. Porque mucho me temo que estamos equivocados.

09 febrero, 2006

Noticia de La Vanguardia.

El TC admite una cuestión de inconstitucionalidad por discriminación del varón en la ley de violencia de género
La norma establece un agravamiento de la pena en el caso de que el agresor sea un hombre y la víctima una mujer

El TC ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por una juez de Murcia contra el precepto de la ley integral de violencia de género que establece un agravamiento de la pena en el caso de que el agresor sea un hombre y la víctima una mujer. En la providencia dictada por la sección tercera del TC se admite a trámite la cuestión que planteó la juez María Poza, titular del juzgado de lo penal número 4 de Murcia, pese al criterio contrario de la Fiscalía, que solicitó la inadmisión al entender que el agravamiento de penas para los varones resultaba constitucional debido a la "posición desventajosa de las mujeres". El Constitucional, que acuerda "tener por formulada" esa posición contraria de la Fiscalía, ha dado un plazo de quince días al Gobierno, al Congreso, al Senado y al fiscal general del Estado para que puedan presentar alegaciones. La juez, que presentó hasta dos cuestiones de inconstitucionalidad contra la citada ley, cuestiona la constitucionalidad de que la norma introduzca en el artículo 153.1 del Código Penal un agravamiento del castigo por maltrato "cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aún sin convivencia...". La titular del juzgado murciano entiende que pueden quedar vulnerados los artículos 10, 14 y 24.2 de la Constitución Española, relativos a los derechos fundamentales, a la no discriminación por razón de sexo y al derecho a la Justicia. Esa "discriminación positiva", que supone que coacciones o lesiones leves sean delitos en vez de faltas cuando el autor es un hombre y la víctima una mujer, su pareja o ex pareja, ha sido desde el inicio de su tramitación el aspecto más polémico de esta ley y fue criticada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que emitió un informe contrario al texto del anteproyecto, aunque por un solo voto de diferencia.No sólo la citada juez de Murcia ha recurrido al Constitucional en relación con este asunto, ya que fuentes jurídicas cifran en más de una veintena las cuestiones presentadas por los titulares de otros juzgados de toda España, tanto contra la redacción del artículo 153.1 del Código Penal, como con la del 174.1, que establece idéntico agravamiento para el caso de las amenazas.

31 diciembre, 2005

Singularidad del feminismo

En el movimiento feminista y en una medida que no se produce en otros movimientos sociales destaca lo difuso de sus contornos. No son evidentes las personas que lo encarnan, no son claras las fuentes que lo inspiran ni los textos donde queda recogido su ideario, no existe un foro a donde dirigirse para informarse y debatir. El feminismo jamás ha sido capaz de constituir un partido político con resultados mínimos aceptables. En contraste, su influencia política es tanta que sus propuestas incluso las más maximalistas, están siendo aprobadas por unanimidad en más de un Parlamento, tal como sucede en España.

A la espere del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, la creación de un delito como el de violencia masculina, hace retroceder el derecho penal a momentos anteriores a la Declaración de derechos del hombre y, sin embargo, está recogido en una ley aprobada por unanimidad en las Cortes españolas. Y desde luego en la Comisión europea han salido adelante propuestas que han hecho que una feminista como Elisabeth Badinter haya puesto el grito en el cielo para denunciar tanto abuso.

Muchos hombres, tal mi caso, hemos descubierto, después de muchos años apoyando postulados feministas, que cuando el Instituto de la Mujer combate el sexismo en los anuncios, no se refiere a todo sexismo, al que denigra a la mujer y el que denigra al hombre. Combatir el sexismo, el Instituto de la Mujer lo entiende sólo referido a la mujer. No se sabe si porque considera que el otro no es posible y por lo tanto no existe, o porque los hombres deberíamos constituir el Instituto del hombre y mientras tanto chincharnos. También he descubierto recientemente que en la Constitución francesa ya está institucionalizada la división por sexos, y otro tanto de lo mismo parece que se apunta en las reformas de los Estatutos de autonomía en proceso de revisión en nuestro país, donde parece que se recogerán ¡¡¡ derechos exclusivos de la mujer !!! y todo ello ¡¡¡ en nombre de la igualdad!!!.

Estas características hacen del feminismo un movimiento singular y entrañan una especial dificultad de análisis, opinión y posicionamiento. De hecho y, a pesar de la cantidad de cosas que se están poniendo patas arriba. Comenzando por el concepto de igualdad, pero continuando por el de paridad, género, etc. la sociedad parece actuar como si nada estuviera pasando y las modificaciones legales y de todo tipo no dejaran de ser cuestiones rutinarias. Sorprende que un concepto como el de género, rechazado en el plano lingüístico por la RAE y, sin ninguna apoyatura científica haya sido trasladado a la ley con todo su contenido ideológico y conceptual. Ley de que la se derivan importantes consecuencias penales.

Lo cierto es que, como resultado de todo esto, los derechos de los hombres están siendo laminados, en lo referido a la procreación, a la paternidad, a la presunción de inocencia, derechos económicos, etc. y todo ello con el escarnio de ser presentado como el sexo que goza de todos los privilegios, el sexo avasallador y violento, el sexo que ha sustituido la fuerza por la inteligencia. Como ya escribí en algún otro sitio: hay un esfuerzo constante y consciente de culpabilizar a todo un sexo, el masculino, y de forjar un nuevo estereotipo en el que él aparece como estúpido verdugo neandertal y ella como sufrida víctima evolucionada. Es curioso pero nadie parece querer darse cuenta de que a fuerza de pedir que se acaben los estereotipos, estos están siendo reforzados hasta la caricatura.