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19 agosto, 2010

El Constitucional: ¿ratifica o rectifica?

Tal como apuntó Athini la lectura que hace  El  Mundo de la sentencia del TC, lectura a la que se acoge Arcadi Espada aquí, en relación con la LIVG, parece diametralmente opuesta a la que hizo Público y comentada en una entrada anterior.

Por lo que soy capaz de deducir el Constitucional sin desdecirse completamente de los argumentos dados en su día para avalar la constitucionalidad de la Ley - en el plano formal los mantiene todos-, en el sentido de un cierto automatismo al considerar machista toda agresión de un hombre a una mujer en el ámbito de una relación de pareja, y dada la enorme dificultad que está ocasionando la aplicación de esta Ley, ha optado por dejar en manos de cada tribunal al que le toque juzgar los casos concretos apreciar si la agresión se produce en ese marco de desigualdad y con intención de sometimiento o subordinación.  Lo cual evidentemente puede dar como resultado que haya sentencias completamente dispares, según que se compartan los argumentos del feminismo de género y el  Ministerio de igualdad  o no.

En relación con el artículo de Miguel Lorente que comenta Arcadi Espada me llama la atención  su aparente moderación que contrasta con las cosas dichas en una entrevista reciente en El País y comentadas en otra entrada, pero no me defrauda en la incapacidad para decir toda la verdad de lo que piensa y  hace cada día.

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